Se dictó y publicó decisión mediante la cual esta CSCA Declaró;1. COMPETENTE a la CSCA para conocer de la demanda de nulidad interpuesta,2 INADMISIBLE la demanda con respecto a la solicitud refería a que "(...) se ACUERDE la restitución de las divisas canceladas con fondos propios, contenidas en las solicitudes números 18256076 y 19091830 (...)";3- ADMITE la demanda de nulidad interpuesta contra, LA NEGATIVA TÁCITA DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN EJERCIDO EL 17 DE SEPTIEMBRE DE 2015, CONTRA LA NEGATIVA DE LA SOLICITUD DE ADQUISICIÓN DE DIVISAS PARA ACTIVIDAD ACADÉMICA CONTENIDA EN LA SOLICITUD NÚMERO 19349930, POR PARTE del (CENCOEX);4.- ORDENÓ notificar a los ciudadanos FGR, (CENCOEX), y a la PGR 5.- INSTÓ a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos para practicar las notificaciones ordenadas;6.- ORDENÓ solicitar al (CENCOEX), los AA;7.- ORDENÓ remitir el expediente a la CSCA, una vez consten en autos las notificaciones, con lo dispuesto en el artículo 82 de la LOJCA