INADMISIBLE la presente demanda con motivo de Cobro de Bolívares, interpuesta por el abogado Rafael Ángel Alcalá Rodríguez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 297.024, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA MAGDALENA OJEDA DE ÁVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-11.663.470, en contra del ciudadano FAWZI RIM, extranjero residente, mayor de edad, titular de la cédula de identidad E-84.418.002.