En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1). SIN LUGAR apelación intentada por el apoderado judicial de la EMPRESA MERCANTIL GRANOS GRAN DETAL. C.A, abogado AMABILIS JOSE SILVA CAMPOS I.P.A.S., No. 5.740, contra la sentencia del JUZGADO DEL MUNICIPIO MORAN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, de fecha 14 de Agosto de 2006, en consecuencia:
2). SE CONFIRMA la sentencia del JUZGADO DEL MUNICIPIO MORAN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, de fecha 14 de Agosto de 2006 que declara Con Lugar la Demanda por Resolución de Contrato de Arrendamiento intentada por el ciudadano CECILIO GUTIERREZ GUEDEZ, mayor de edad, abogado, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad No. 9.570.250, inscrito en el IPSA bajo el No. 31894, qu.....