En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso tributario, interpuesto por el ciudadano SAMUEL SEGUNDO MEDINA ZAVARCE, suficientemente identificado, actuando con el carácter de representante legal de la firma mercantil BODEGÓN DE LICORES VILLA ROCA, C.A., identificada ut supra, contra la Resolución N° SAT-GTI-RCO-600-202, de fecha 29 de abril de 2005, notificada el 07 de julio del mismo año, emanada de la DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).
En consecuencia, se ratifica la Resolución N° SAT-GTI-RCO-600-202, de fecha 29 de abril de 2005, notificada el 07 de julio del mismo año, y su respectivas Planillas de Liqui.....