III
DISPOSITIVO
En razón de todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, interpuesta por los ciudadanos Leber Antonio García González y Perla Gioconda Pérez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.095.300 y V-10.250.756, asistidos por el abogado Hector Ibrahin Hernández Navarro Inscrito en el Inpreabogado bajo el No 118.320
. Expídase por la Secretaría de este Tribunal, dos (02) juegos de copia certificada de la presente sentencia para ser remitidas junto con oficio a la Oficina del Registro Civil de la parroquia Unión del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, a los fin.....