Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCION de fecha 29 de abril de 2024 efectuada por la parte demandante SERCOINFAL, C.A., y la parte demandada la sociedad de comercio PROCESADORA NATURALYST, S.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero estado Carabobo, 16 de abril de 1999, bajo el N° 56, Tomo 27-A.
En consecuencia, se tiene con autoridad de COSA JUZGADA.
Una vez conste en este expediente el pago de la parte demandada a la demandante de la totalidad de las cantidades de dinero acordadas por las partes en la transacción o eventualmente se ejecute la misma, es que se procederá a dar por concluida la causa, se dará por terminado el expediente y se ordenará el archivo del mismo.