Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- SU COMPETENCIA para conocer de la consulta de Ley con motivo de la sentencia de fecha 8 de noviembre de 2010, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas. 2.- PROCEDENTE, la consulta de la sentencia de fecha 8 de noviembre de 2010. 3.- REVOCA PARCIALMENTE, el fallo de fecha 8 de noviembre de 2010, dictado por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. 4.- CONFIRMA PARCIALMENTE, el fallo de fecha 8 de noviembre de 2010.