declara: Con lugar la apelación de la parte actora contra la decisión del Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial, de fecha 11 de abril de 2012, por la cual negó la admisión de la prueba de exhibición a que se contrae este fallo, la cual queda revocada; y se ordena al a quo admitir la prueba de exhibición negada por su auto del 11 de abril de 2012, relativo a las documentales supra analizadas, o sea, los recibos de pago de salario fijo mensual de los años comprendidos entre el 2000 y el 2003; los recibos de pago o cartel de salario por comisiones; y los originales de los recibos de pago o reportes o cartel donde el patrono informa el monto que corresponde a cada trabajador semanalmente por concepto de derecho a percibir propinas. Todo en el juicio seguido por reclamación de prestaciones sociales y otros créditos derivados de la prestación de servicios, por JOSE RAUL SULBARAN, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de i.....