este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA LA CONVERSION EN DIVORCIO; de la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS, formulada por los ciudadanos: LESVIN ALFREDO POLANCO ESCALONA y ZENAIDA YISBER HERNANDEZ SARMIENTO mayores de edad, legítimos cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.109.657 y V-10.253.682, todos de este domicilio y en consecuencia, DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los une y contraído en fecha 14 de febrero de 2012, por ante el Registro Civil del Municipio Juan José Mora, del Estado Carabobo, tal como se evidencia de copia certificada de Acta de Matrimonio Nº 010, folio 10, tomo I año 2012, que corre inserta en los folios 15,16 y 17 de este expediente.
Publíquese, Diarícese, .....