En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación de la parte demandada contra el fallo del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial, de fecha, 17 de febrero de 2016, la cual queda revocada; y sin lugar la de la parte actora. SEGUNDO: Prescrita la acción interpuesta por, EVELIO KEY, FRANCISCO PERTUZ, JUAN PIÑANTE, BENITO GOTÍA y GERTRUDIS RAMÍREZ, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. 4.233.258, 13.135.542, 637,338, 4.906.726 y 2.938.109, respectivamente; contra la entidad de trabajo, CIGARRERA BIGOTT, SUCS, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda,.....