En fuerza de los razonamientos legales expuestos en líneas pretéritas, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la presente demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, suscrita por la ciudadana GIANNA NATALIA SANTORSOLA ADDANAYTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V–10.454.621, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, actuando como apoderada del ciudadano GIUSEPPE SANTORSOLA MARIANI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.113.655, según poder otorgado por la Notaria Pública Cuarta de Maracaibo, en fecha veinticuatro (24) de abril de 2024, anotado bajo el No. 30, tomo 25, folios 109 hasta 111, asistida por el profesional del derecho EDGAR SANCHEZ NAVARRO, v.....