Este Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos SONIA DEL CARMEN ALBURJAS E IGNACIO RAMON ALVAREZ, por ante la Alcaldía del Municipio Diego de Lozada, Distrito Jiménez (Actualmente Municipio Jiménez) del Estado Lara, en fecha 19 de Septiembre de 1.981, anotado bajo el N° 31, del Libro de Registro Civil de Matrimonios respectivo llevados durante el año 1.981. Durante la unión matrimonial procrearon 03 hijos, todos mayores de edad. Se declara extinguida la comunidad de gananciales existentes entre las parte, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del código Civil. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.