DECISION
En mérito a las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en los artículos 2, 26, 75, 76 y 78° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 289°, 290° y 294° del Código Civil Venezolano y 1°, 2°, 5°, 8°, 365° y siguientes de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, declara CON LUGAR, el Ofrecimiento Voluntario de Pensión de Alimentos intentado por el ciudadano DAVID JOSE SILVA DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.580.350, domiciliado en la Base Aérea Vicente Landaeta Gil, final Avenida Aeropuerto, Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara, en contra de la ciudadana TANIA YINEX PEREZ DE SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.556.164, domiciliada en la Cal.....