DECLARA la presente actuación suficiente para acreditar a los ciudadanos MARÍA CONCEPCIÓN GAUNA DE DÍAZ, MARÍA LILIA DÍAZ GAUNA, IDA MARÍA DÍAZ GAUNA, REINALDO JOSÉ DÍAZ RIVERO, INÉS DEL CARMEN DÍAZ RIVERO y RUBIA CAROLINA DÍAZ RIVERO venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-2.861.368 V-12.432.300, V-14.429.356, V-9.882.902, V-11.061.373 y V-14.889.096, respectivamente en condición de la primera de cónyuge y de sus hijos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS sobre sobre los bienes dejados por el causante REINALDO DÍAZ DÍAZ, quien en vida era venezolano, casado, portadora de la cédula de identidad N° V-2.785.137, de 81 años y residía en la Urbanización La Zaragoza y las Colinas Av. La llanura casa Nº 45 "La Carenera de San Marcos" de la ciudad de Araure del Municipio Araure del Estado Portuguesa, fallecido ab-intestato el día 18 de Marzo del 2024, según consta de Acta de Defunción Nº 327, expedida por el Registro Civil del Municipio Araure del Estado Port.....