1. PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES intentada por JOSÉ HUGO ARANGUREN, mayor de edad, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-2.914.301, contra JESÚS MARIA RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.860.
2. Se condena a la parte perdidosa a cancelar:
a. CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs.46.800, 00), cantidad a la que monta la deuda, asumida en la letra.
b. UN MIL QUINIENTOS SESENTA BOLÍVARES (Bs. 1.560, 00), por concepto de intereses moratorios, a razón del 5% anual, hasta la fecha de interposición de la demanda.
c. SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON OCHENTA BOLÍVARES (Bs. 748, 80), por concepto de derechos de comisión de cobro.