Por las razones precedentemente señaladas, esta Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el NICASIO RAMÓN FAUBLARK VARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.3.367.612, asistido por los abogados ROSARIO MATOS y OSCAR FERMÍN, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos.881 y 883, respectivamente, contra el acto administrativo contenido en la comunicación fechada 02 de junio de 2006, suscrita por la Directora General del SERVICIO AUTÓNOMO DE ELABORACIONES FARMACÉUTICAS (S.E.F.A.R.), mediante el cual fue despedido del cargo que desempeñaba en el citado organismo, de Jefe de la Oficina Permanente de Control Interno, el cual se anula.
SEGUNDO: Se ordena la reincorporación del actor al cargo que ostentaba de Jefe de la Oficina Permanente de Control Interno .....