La Corte declaró su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación intentado contra la sentencia que declaró con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial; así como también para conocer de la apelación ejercida contra el auto dictado el 8 de junio de 2004 por el referido Tribunal; declara SIN LUGAR el recurso de apelación intentado por la apoderada judicial de la querellante contra el auto dictado por el a quo el 8 de junio de 2004; ANULA la sentencia apelada por ser contraria al orden público, en consecuencia conociendo del fondo del presente asunto se declara: La CADUCIDAD respecto de la pretensión de nulidad de los Decretos Nros 65 del 23 de febrero de 1999, publicado en la Gaceta Oficial del Estado Anzoátegui 797 de la misma fecha, y 118 del 6 de mayo de 1999, publicado en la Gaceta Oficial del Estado Anzoátegui Nº 852 de dicha fecha, ambos dictados por el Gobernador del Estado Anzoátegui y la NULIDAD del acto administrativo de remoción notificado mediante cartel .....