Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Diolis Peralta Avila, en su condición de Defensora Pública del ciudadano NESTOR EVARISTO SUAREZ MUÑOZ, contra la decisión dictada en fecha 17 de Enero de 2016 y fundamentada en fecha 20 de Enero de 2016, por parte del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual impuso la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano NESTOR EVARISTO SUAREZ MUÑOZ, por encontrarse llenos los extremos que establecen los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, identificado plenamente en el asunto principal Nº KP01-P-2016-000979.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sa.....