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Decisiones del dia 08/07/2013

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : AP42-G-2013-000067 N° Sentencia : 2013-0211 Fecha: 08/07/2013
Procedimiento:
Demanda De Nulidad
Partes:
REPRESENTACIONES ADALCA, C.A CONTRA LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI).
Resumen:
Se dictó decisión mediante la cual se observó que por una inadvertencia este Juzgado de Sustanciación no se pronunció sobre la admisibilidad de las pruebas promovidas en la audiencia de juicio celebrada el día 20 de junio de 2013, por la abogada Rocío Damir Otálora Toro, en su carácter de representante de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI); se corrigió la inadvertencia mencionada de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil y, en consecuencia se admitió, en los siguientes términos: Se admite la prueba documental promovida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, consistente en trazas de las solicitudes Nros 10386665, 10386740, 10386790, 11695657, 11939513 y 13089133 por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes y por cuanto cursan en autos se ordenó mantenerlas en el mismo.
Juez/Ponente:
Monica Leonor Zapata Fonseca
Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
arriba

N° Expediente : AP42-G-2013-000257 N° Sentencia : 2013-0212 Fecha: 08/07/2013
Procedimiento:
Demanda De Nulidad
Partes:
CORP BANCA, C.A. BANCO UNIVERSAL CONTRA LA SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO (SUDEBAN)).
Resumen:
Se dictó y publicó decisión mediante la cual se declaró competente a la CSCA para conocer la dda. de nulidad interpuesta por el apoderado judicial de Corp Banca, C. A., Banco Universal, contra la SUDEBAN; se admitió y se ordenó notificar a la FGR, PGR y Superintendente de las Instituciones del Sector Bancario, a quien se le solicitó el expediente administrativo relacionado con el caso. Asimismo, una vez consten en autos todas las notificaciones ordenadas, se remitirá el expediente a la CSCA, a los fines que fije la oportunidad procesal para la celebración de la audiencia de juicio, conforme al art. 82 de la LOJCA.
Juez/Ponente:
Monica Leonor Zapata Fonseca
Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
arriba

N° Expediente : AP42-G-2012-000825 N° Sentencia : 2013-0213 Fecha: 08/07/2013
Procedimiento:
Demanda. Medida Cautelar. Admisión.
Partes:
BANCO CARONÍ C.A, BANCO UNIVERSAL CONTRA LA SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO.
Resumen:
Se dictó y publicó Resolución mediante la cual se proveyó en relación al escrito de promoción de promoción consignado por el apoderado judicial del Banco Caroní, Banco Universal, C.A., y en relación al escrito de oposición consignado por la representación judicial de la SUDEBAN en el cual se declaró: En cuanto al merito favorable del Cap. I según lo establecido en el art. 509 del CPC, le corresponde a la Corte la valoración de los autos que conforman el proceso, en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido. En cuanto a la documentales del Cap. II, se admitieron las promovidas en los numerales 1, 3, 4, y se declaró con lugar la oposición y en consecuencia se inadmitieron las documentales promovidas en los numerales 2 y 5 del referido escrito de promoción de pruebas.
Juez/Ponente:
Monica Leonor Zapata Fonseca
Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
arriba

N° Expediente : AP42-G-2013-000067 N° Sentencia : 2013-0214 Fecha: 08/07/2013
Procedimiento:
Demanda De Nulidad
Partes:
REPRESENTACIONES ADALCA, C.A CONTRA LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI).
Resumen:
se dictó decisión mediante la cual se observó que por una inadvertencia este Juzgado de Sustanciación no se pronunció sobre la admisibilidad de las pruebas promovidas en la audiencia de juicio celebrada el día 20 de junio de 2013, por la abogada Rocío Damir Otálora Toro, en su carácter de representante de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI); se corrigió la inadvertencia mencionada de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil y, en consecuencia se admitió, en los siguientes términos: Se admite la prueba documental promovida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, consistente en trazas de las solicitudes Nros 10386665, 10386740, 10386790, 11695657, 11939513 y 13089133 por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes y por cuanto cursan en autos se ordenó mantenerlas en el mismo.
Juez/Ponente:
Monica Leonor Zapata Fonseca
Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
arriba

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