Se dictó decisión mediante la cual este Juzgado se pronunció sobre el escrito de pruebas presentado por la abogada KARLA PEÑA GARCÍA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 123.501, actuando con el carácter de apoderada judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL CORPORACIÓN TELEMIC C.A., parte demandante en el presente proceso.