de la revisión efectuada al fundamento de la aclaratoria solicitada, es evidente que la parte actora pretende a través de esta vía la modificación de las motivaciones de hecho y de derecho que llevaron a este Tribunal a tomar la decisión publicada el día 08.08.2012, no siendo ésta la vía idónea para tales fines, por lo que cuenta con los recursos que le da el ordenamiento jurídico a fin de ejercer ataque en contra de la misma. Es decir, observa este Tribunal Superior que, pretende la apoderado judicial de la parte actora que a través de una aclaratoria de sentencia se emita nuevo pronunciamiento de lo debatido, motivos éstos por los cuales resulta improcedente la aclaratoria del fallo proferido por este Juzgado el día 08.08.2012, en el juicio seguido por JOSE BRICEÑO, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 10.813.562, contra la firma mercantil, de este domicilio, COMPAÑÍA DE PROTECCION DELTA (COMPROTECCION), C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil.....