Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 08/08/2022

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de Sustanciación del Juzgado Nacional Primero
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : 2022-161 N° Sentencia : JN-PCAJS-2022-0114 Fecha: 08/08/2022
Procedimiento:
Demanda De Nulidad
Partes:
AUTOMERCADOS FRESCO MARKET AFN C.A. VS DIRECTOR ESTADAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE CONTRALORÍA SANITARIA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA,
Resumen:
En fecha 08 de agosto de dos mil veintidós (2022), este Juzgado de Sustanciación, dictó sentencia mediante el cual declaró: COMPETENTE al Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la para conocer del presente asunto; ADMITIÓ la demanda nulidad interpuesta (...), ORDENÓ notificar a los ciudadanos FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, al DIRECTOR ESTADAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE CONTRALORÍA SANITARIA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD y al PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA; INSTÓ a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos para practicar la notificación ordenada; ORDENÓ solicitar a la DIRECCIÓN ESTADAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE CONTRALORÍA SANITARIA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, el expediente administrativo relacionado con la presente causa; y ORDENÓ remitir el expediente al JUZGADO NACIONAL PRIMERO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO REGIÓN CAPITAL, (...)
Juez/Ponente:
Javier Alejandro Cáceres Cáceres
Organo:
Juzgado de Sustanciación del Juzgado Nacional Primero
arriba

N° Expediente : AP42-G-2011-000061 N° Sentencia : JN-PCAJS-2022-0116 Fecha: 08/08/2022
Procedimiento:
Demanda De Nulidad
Partes:
AGUSTÍN AMARO OSIO, CONTRA LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS NROS.AI-239/2010 Y AI-265/2010 DE FECHAS 24 DE SEPTIEMBRE Y 4 DE NOVIEMBRE DE 2010 RESPECTIVAMENTE, EMANADA DE LA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA INTERNA DE LA CORPORACIÓN VENEZOLANA DE GUAYANA CVG BAUXILUM, C.A.
Resumen:
En fecha 08 de agosto de 2022, este Juzgado de Sustanciación considera que existe una paralización que excede un (1) año. En consecuencia, ORDENÓ remitir el expediente al Juzgado Nacional Primero de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los fines de la decisión correspondiente
Juez/Ponente:
Javier Alejandro Cáceres Cáceres
Organo:
Juzgado de Sustanciación del Juzgado Nacional Primero
arriba

N° Expediente : AP42-G-2017-000045 N° Sentencia : JN-PCAJS-2022-0115 Fecha: 08/08/2022
Procedimiento:
Demanda De Nulidad
Partes:
CLÍNICAS RESCARVEN, C.A. VS INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.).
Resumen:
En fecha 8 de agosto de 2022, este Juzgado de Sustanciación dictó sentencia mediante el cual: 1.- ADMITIÓ la demanda de nulidad interpuesta (...); 2.- ORDENÓ notificar a los ciudadanos FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, al PRESIDENTE DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.) y al PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA; 3.-ORDENÓ solicitar al ciudadano PRESIDENTE DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.), los antecedentes administrativo relacionado con la presente causa; 4- ACORDÓ abrir cuaderno separado a los fines de tramitar la medida cautelar solicitada (...); 5-. INSTÓ a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos para practicar las notificaciones ordenadas, así como las necesarias para abrir el cuaderno separado; 6-. ORDENÓ remitir el expediente al JUZGADO NACIONAL PRIMERO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, una vez consten en autos las notificaciones ordenadas, y transcurra el lapso previsto en el artículo 109 del Decret.....
Juez/Ponente:
Javier Alejandro Cáceres Cáceres
Organo:
Juzgado de Sustanciación del Juzgado Nacional Primero
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados