DECISION
Con fundamento a todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, y por cuanto el Fiscal VIII del Ministerio Público, no hizo objeción alguna y el ciudadano José Daniel Alvarez Mosquera, dió su consentimiento, considera conveniente al interés de la niña (Omitido artículo 65 LOPNA), conferirle al ciudadano José Daniel Alvarez Mosquera, la titularidad de la patria potestad sobre él, de conformidad con el artículo 350 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, visto el reconocimiento voluntario y espontáneo que el ciudadano José Daniel Alvarez Mosquera, hace como su hija a la niña (Omitido artículo 65 LOPNA), éste Tribunal, ordena oficiar a la Prefectura del Municipio Torres del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, para que cumplan con lo pautado en el artículo 506 del Código Civil y por aplicación analógica con el artículo 774 de.....