Esta Jueza del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, considera procedente la solicitud efectuada y en consecuencia se DECLARA al adolescente y a la niña XXXX, como CARGA FAMILIAR al ciudadano JHONNY ENRIQUE ZAVALA PULGAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.439.677; quien ha asumido hasta la fecha la crianza y manutención de los mismos junto con la ciudadana ANGELICA TATIANA RODRIGUEZ CAMPOS, antes identificada, quedando en todo caso, salvo los derechos de los terceros, por disposición expresa de los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por secretaría las copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez se.....