D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por el ciudadano LUIS ALFREDO CANELON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-20.158.537, domiciliado en Barrio Bolívar, sector la lagunita, calle 07, casa sin número, debidamente asistida por el abogado JOSÉ SILVA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 315.004, contra la ciudadana DENIS VENEZUELA CENTELLA MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-19.053.231, domiciliada en la Urbanización Baraure 3, Sector 09, vereda 4, casa número 42, de conformidad con el criterio sostenido en la sentencia N° 1070 dictada por la Sala Consti.....