Por los anteriores razonamientos este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos decretada por este Tribunal en fecha 09 de enero de 2004, de los ciudadanos JOHANDY JOSE SERRANO GIL Y CARLA VIRGINIA TORRES SALAS, suficientemente identificados en autos. En consecuencia, y de conformidad con el artículo 184 del Código Civil, queda disuelto el vínculo matrimonial contraido por los referidos ciudadanos por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, en fecha 05 de septiembre de 2001, según acta número 366.
De acuerdo con lo convenido por las partes en la solicitud de separación de cuerpos, en lo que respecta al niño Anthony José Serrano Torres, procreado durante el matrimonio, estará bajo la guarda de la madre y la Patria Potestad l.....