En esta misma fecha, este Juzgado de Sustanciación dictó Resolución pronunciándose sobre el escrito de pruebas promovidas por los abogados Rómulo Omar López Márquez, Enrique José Crespo Rivera y Carlos Urdaneta Sandoval, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 25.860, 33.091 y 33.799 respectivamente, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INDUSTRIA LÁCTEA VENEZOLANA, C.A.