Esta Corte acordó SOLICITAR a las partes que consignen copia certificada del certificado electrónico de la Declaración Jurada de Patrimonio de Egreso o Cese de funciones de la parte actora, emitida por la Contraloría General de la República, dentro del lapso de diez (10) días de despacho más el término de la distancia correspondiente, contados a partir del momento en que conste la última de las notificaciones de la presente decisión, ello de conformidad con el artículo 26 de nuestro Texto Fundamental.