es por lo que éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a los imputados JEAN CARLOS OROZCO GONZALEZ, quien es Venezolano, natural de Carúpano, de 26 años de edad, soltero, de Oficio Pescador, nacido en fecha 24-08-1982, titular de la cedula de identidad Nº 17.406.849, hijo de Tibisay Orozco y padre desconocido, domiciliado en: Camino de Macarapana, entrada principal, Sector Medalla de Oro, Casa S/Nº, Cerca del Abasto Rosita, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, ALBERTO JUAN GONZALEZ OJEDA, quien es Venezolano, natural de Carúpano, de 19 años de edad, soltero, de Oficio Estudiante del Segundo Semestre de Derecho, en Caracas, nacido en fecha 07-06-1989, titular de la cedula de identidad Nº 19.527.547, hijo de Alexis Ojeda y Alberto González; domiciliado en: Calle Victoria, Ca.....