Este Juzgado a solicitud de las partes, SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada en fecha 16 de diciembre de 1996 y comunicada mediante oficio Nº 96-6589 de fecha 18/12/1996, sobre el Cincuenta Por Ciento (50%) de los derechos que tiene la demandada sobre: Un inmueble situado en la Urbanización La Urbina, Conjunto Residencial La Urbina, Torre A, apartamento distinguido con el Nº 34-A, Calle 3-A, Sector C-8, Municipio Autónomo Petare del Estado Miranda.