Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso intentado por MAYDEE DEL PILAR AÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.260.118, domiciliada en la avenida García de Paredes, quinta La “Coromotana”, escritorio jurídico MSA, Trujillo, estado Trujillo, a través de su apoderado judicial MIGUEL SEQUERA ADRIANI, abogado en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 10.896 contra el ESTADO TRUJILLO, representado legalmente por el abogado RANIER GONZÁLEZ MONTILLA, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 92.289, en su condición de apoderado de la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO TRUJILLO.