Decisión
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena que el joven DATOS OMITIDOS, cumpla la sanción de Semilibertad, por el lapso de un (01) año, por la comisión del delito de Abuso Sexual, previsto en el artículo 259 de la Ley Orgánica para Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en relación con el artículo 217 eiusdem.
Fíjese audiencia por secretaria para el día 21 de Octubre de 2008, a las 11:30 am para la imposición de la presente decisión, con la indicación a los notificados que tendrán derecho en la misma, a efectuar las observaciones que a bien tengan. Líbrense las respectivas notificaciones.