Se HOMOLOGA el convenimiento celebrado en fecha 26 de noviembre de 2024, por la abogada María Teresa Borges, plenamente identificada, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil LATINOAMERICANA DE A.C.C., C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Estado Carabobo, en fecha 9 de junio de 2008, bajo el No. 78, Tomo 28-A, parte demandada y la ciudadana Nelvimar Coromoto Pérez Freites, parte demandante, asistida por los abogados Rafael Wettel y Oliver Gómez, previamente identificados, en los siguientes términos:
Yo María Teresa Borges Matute (...) en su carácter de apoderada judicial de la sociedad [m]ercantil Latinoamericana de A.C.C., C.A. (...) por una parte y por la otra la ciudadana Nelvimar Coromoto Pérez Freites (...) comparecen ante este [T]ribunal a los fines de exponer: haciendo uso de los [m]edios [a]lternativos de [s]olución de [c]onflictos consagrados en la Constitución de La República Bolivariana de Venezuela, [s]e [c]onviene por la representación.....