UNICO: Con los recaudos acompañados la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada y el edicto publicado, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar la PARTIDA DE NACIMIENTO de la solicitante BLANCA BERENICE AMARO DE MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, con cédula de identidad Nro. 1.268.055, actuando en su propio nombre, ya que por error asentaron el primer nombre de su madre como MAURA, siendo lo correcto MAURICIA, y en el Registro Principal asentaron el primer apellido de su madre como GONZALES, siendo lo correcto GONZALEZ. En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CATEDRAL, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en la partida de nacimiento Nro. 1268, folio 237 frente, año 1955. Queda firme en esta misma fecha.