Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el procedimiento relativo a la Demanda de Contenido Patrimonial por Cumplimiento de Contratos de Obras, interpuesta por el ciudadano GUSTAVO ENRIQUE PINEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 15.970, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano ALÍS RAMÓN PÉREZ GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.671.485, quién es único propietario de la firma personal denominada CONSTRUCTORA ALIS, contra el MUNICIPIO EL PAO DE SAN JUAN BAUTISTA DEL ESTADO COJEDES, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
SEGUNDO: Se ordena ARCHIVAR el expediente una vez quede firme el presente fallo.