PRIMERO: Se revoca la medida cautelar decretada en fecha 07 de octubre de 2015 en el cuaderno de medidas Nº KH09-X-2015-000091, respecto la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por la sociedad mercantil PROCESADORA DE CONCENTRADOS NATURALES 2011 C.A., contra la Inspectoría del Trabajo «Pedro Pascual Abarca» del estado Lara, acto administrativo N° 148 de fecha 16 de agosto de 2002, dictado en el expediente 134-2002, que declaró con lugar la solicitud de protección ante desmejora incoada por la ciudadana MARIBEL DE CAIRES SOUSA, titular de la cédula de identidad V-10.841.294.
SEGUNDO: Se ordena oficiar a la Inspectoría del Trabajo «Pedro Pascual Abarca» del estado Lara y a la Procuraduría General de la República (Art. 98 LOPGR) a los fines de informar el contenido de lo aquí decidido.