III
DECISION
Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en la demanda por Divorcio ordinario, presentada por la ciudadana Ana Oviedo Rojas, venezolana, mayor de edad, cedula de identidad No.V-8.603.744 y de este domicilio, asistida por la abogada Nitza Coromoto Ascanio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.8.611.393, contra el ciudadano Marcos Antonio Rodriguez, venezolano, mayor de edad, cedula de identidad No.V-4.123.613 y de este domicilio; así se declara.
Notifíquese a la parte demandante de la presente decisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, parte infine.
Dada sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal.....