este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR: LA PRESENTE DEMANDA DE PARTICION incoada por el ciudadano JOSE RAMÓN COLMENAREZ MARTINEZ, Venezolano, titular de la cedula de identidad no. V-7.323.399, y de este domicilio, contra las ciudadanas CARMEN TERESA COLMENAREZ FRANCO y MARIA TERESA COLMENAREZ FRANCO, venezolanas, titulares de las cedulas de Identidad nos. V-24.549.690 y V-15.230.361, de este domicilio., en consecuencia: PRIMERO: Sobre Cien por ciento (100%) del valor de una casa, construida en terreno Propio, adquirida por la causante por la Herencia de la madre, según expediente Sucesoral 0490/2019, del 10/09/2019. Ubicada en la Carrera 15 entre Calles 38 y 39, Casa N°: 38-27, 38-31 y 38-39, de esta ciudad de Barquisimeto Estado Lara: alinderada: Norte con inmueble de José Lozada y Abrahan Bujana. .....