CONCEDE EL BENEFICIO DE REDENCIÓN DE LA PENA POR TRABAJO solicitada por el penado LUÍS RAMÓN ARAÑA MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº 7.306.395, venezolano, mayor de edad, natural de esta ciudad, de 51 años de edad, soltero, grado de instrucción 6º de primaria, de profesión u oficio Chofer, hijo de Henry Araña y Ana Rafaela Martínez (ambos fallecidos), residenciado en la calle 12 entre avenida Venezuela y carrera 25, casa Nº 25-61, Barquisimeto, Estado Lara, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental, por el lapso dos (02) meses y veintisiete (27) días. Y ASÍ SE DECIDE.