La Corte declaró su COMPETENCIA para conocer de la apelación interpuesta contra la sentencia que declaró improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos, en virtud del recurso contencioso administrativo de nulidad incoado; declara CON LUGAR la apelación interpuesta; REVOCA la decisión dictada por el Juzgado a quo, en consecuencia, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por la parte recurrente. 01