DI S P O S I T I V A
A la luz de las consideraciones antes expuestas esta Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por los Profesionales del Derecho JOSÉ ANTONIO CRESPO RAMÍREZ y EMILIO JOSE RAMIREZ BLANCO, en su carácter de Defensores Privados, de la ciudadana HEEIDY CORNEJO PEREZ, con fundamento en lo establecido en el artículo 447 numeral 5° del Código Orgánico Procesal Penal en contra de la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Noveno (29°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 06 de agosto de 2012, con ocasión de la admisión de los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público en su escrito acusatorio (Experticia Contable), así como a las pruebas nuevas igualmente ofrecidas por la Representación Fiscal, adm.....