Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto por el Abg. Amilcar Villavicencio, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana Belkis Adelfa Wohnsiedler, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Control Nº 08 de este Circuito Judicial Penal, de fecha 10 de Agosto de 2007, en la cual se negó la entrega del vehículo Marca Daewoo, Clase Automóvil, Tipo Sedan, Uso Taxi, Serial de Carrocería KLATF19Y14BZ70342, Serial de Motor G15MF810868B, Placas NO PORTA, Modelo CIELO BX SINCRONICO, Año 2001, Color Blanco, a la citada ciudadana. SEGUNDO: SE CONFIRMA, en todas y cada una de sus partes el auto dictado por el Juez Octavo de Primera Instancia, en funciones de Control, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, de fecha 10 de Agosto de 2007, en el cual se negó la entrega del vehículo mencionado.