este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud interpuesta por la abogada OMAIGA GUZMAN, y en consecuencia declara el CESE DE MEDIDA que pesa en contra del imputado NELSÓN ANTONIO HERNÁNDEZ, de venezolano, de 40 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.288.817, natural de Carúpano, Estado Sucre, nacido en fecha 12-04-1973, de estado civil soltero, de oficio Comerciante, hijo de los ciudadanos Zenaida Hernández y Antonio González, residenciado en el Barrio Sucre, Vereda Nº 02, Casa S/N (frente al Terminal), Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, teléfono 0412.082.91.64, por la presunta comisión del delito de ACAPARAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 139 de la Ley para la Defensa de las Personas en el acceso de Bienes y Servicios, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; consistentes en Prese.....