DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de Derecho este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CONSTITUIDO EN TRIBUNAL UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: PRIMERO: CONDENA al ciudadano JOSE ANTONIO ESCALONA, titular de la Cedula de identidad Nº 16.385.030, venezolano, a cumplir la pena de PENA DE OCHO (08) AÑOS de Prisión, mas las penas accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en los articulo 7 y 6 ordinal 1, 2, 3 y 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor en concordancia con el articulo 80 su ultimo aparte del Código Penal y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION previsto en el articulo 458 en concordancia con el 82 del Código Penal, y al acusado PASTRAN CASTILLO JONATHAN BLADIMIR, .....