Conforme a lo expuesto, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativa de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Con Competencia en los Estados Cojedes y Yaracuy, actuando con la competencia cautelar que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. SIN LUGAR la oposición interpuesta por la ciudadana LAURA LISETT GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.768.777, en su condición de ex Alcaldesa Encargada del municipio Autónomo Tinaquillo del estado Cojedes (según los dichos de los demandantes), debidamente asistida por los abogados José Sandoval, Elsa Sevilla, Karen Sandoval, Julio Lozada y Edgar Paredes, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 23.659, 161.632, 161.633, 27.119 y 167.047, respectivamente contra la medida cautelar decretada por este Tribunal en fecha 20 de mayo de 2025.
2. RATIFICA la Medida Cautelar decretada por este Trib.....