El Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y especialmente en el artículo 772 del Código Civil, en consecuencia declara CON LUGAR, la presente solicitud de rectificación de acta de defunción incoada por la ciudadana ENMA JOSEFINA SERRANO LUNA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.359.449, debidamente asistida por la abogada Josefa Pastora Jiménez de Salas, inscrita en el I.P.S.A., bajo matricula N° 90.436. En consecuencia, se ordena insertar en el acta de nacimiento de la ciudadana Enma Josefina Serrano Luna, la nacionalidad y número de identificación del padre de la misma ciudadano Marco Antonio Serrano Vanegas, colombiano, con cédula de ciudadanía N° 1.092.002.06.....