En fecha 12 de julio de 2017, este Juzgado de Sustanciación dictó decisión mediante la cual ADMITIÓ la demanda por ejecución de contrato de fianza interpuesta conjuntamente con medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar bienes inmuebles, ORDENÓ las notificaciones de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, y del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN, INSTÓ a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos para dar cumplimiento con el emplazamiento de la parte demandada y con las notificaciones ordenadas, así como para ABRIR el cuaderno separado de las medidas solicitadas, EMPLAZÓ a la sociedad mercantil SEGUROS PIRÁMIDE, C.A, ACORDÓ abrir cuaderno separado, ORDENÓ remitir el expediente judicial a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, a fin que se fije la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio, una vez notificadas todas las partes.