Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción de amparo incoada por ANTONIO SIVIRA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° 7.381.003, domiciliado en Barquisimeto, Estado Lara, mediante sus apoderados judiciales Abogados FRANCO ZANDERIGO PAREDES Y ELIAS CARRILLO ROMERO, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Barquisimeto, titulares de las cédulas de Identidad números 4.720.963, 7.415.877, respectivamente, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 22.002 y 44.883, respectivamente, en contra EDITORIAL NUEVA SEGOVIA C.A., ordenando como mandamiento de amparo, el pago de los salarios caídos y el reenganche del trabajador ANTONIO SIVIRA, en forma inmediata.