Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto en fecha 01 de julio de 2.014 por la ciudadana DAYSI RAMÍREZ ROJAS, en su carácter de vicepresidenta de la sociedad mercantil COSITERIAS DOÑAS JULIA 2007, C.A., parte demandada en el juicio principal, debidamente asistida por su representante judicial abogada RAQUEL MENDOZA DE PARDO, contra el auto dictado en fecha 20 de junio de 2.014 por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual negó la apelación ejercida por la hoy recurrente en fecha 13 de junio de 2.014, contra la decisión de fecha 27 de mayo de 2.014, proferida por el referido.....