DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con sede en el Edificio Nacional, de la Ciudad de Barquisimeto, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 49 ordinal 1ero y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12, 15, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por motivo de COBRO DE BOLÍVARES, intentada por la ciudadana EDDY LUISA ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.269.219, de este domicilio, inscrita en el Ipsa bajo el Nº 126.131, actuando con el carácter de endosataria en procuración del ciudadano CIPRIANO OVIDIO MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.078.349 y de este domicilio, rep.....